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Áreas protegidas
Foto: PNC de Guatemala.

Áreas Protegidas de Santa Rosa habrían sido violentadas por un hombre

PNC reporta la captura de un sujeto por supuestamente infringir la Ley de Áreas Protegidas, quien fue detenido en Barberena, Santa Rosa.

Durante operativos de prevención y en busca de ilícitos en contra de la flora y fauna, especialistas de la División de Protección a la Naturaleza de la Policía Nacional Civil (PNC), reportan la captura de un sujeto por supuestamente infringir la Ley de Áreas Protegidas.

Se trata de Rufino Ijchajchal Tzamol, de 41 años, detenido en la ruta que conduce de Pueblo Nuevo Viñas hacía la aldea El Cerinal, en Bárberena, Santa Rosa.

De acuerdo con el reporte policial, el hombre se conducía en un camión de color blanco, el cual al inspeccionarlo se constató que llevaba madera, y tres mil especies de producto de plantas de vida silvestre (izote).

Infringió Ley de Áreas Protegidas

La PNC informó que al solicitarle la documentación que amparara el transporte de lo decomisado, presentó una guía de transporte de vida silvestre extendida por el Consejo Nacional de Áreas Protegidas (CONAP), con fecha de vigencia del 1 al 7 de octubre 2018, con destino a Bárberena, estableciéndose que su verdadero destino era a Pueblo Nuevo Viñas.

Por circular dicho vehículo, infringiendo lo establecido en el artículo 67 del Reglamento de la Ley de Áreas Protegidas, fue puesto a disposición del juzgado respectivo.

¿Qué es la guía de transporte?

La guía de transporte es el documento oficial que acredita el origen legal de especímenes, partes o derivados de la vida silvestre. La guía de transporte deberá reunir los siguientes requisitos:

  • Extenderse en papel de Seguridad, impreso en series de diez mil (10.000>
    unidades. identificando cada serie con una letra del abecedario.
  • Indicar el tiempo de vigencia cuyo plazo no podrá ser menor de tres ni mayor
    de diez días.
  • Contener la descripción clara de la documentación legal de origen de la cual
    es consecuencia y forma parte.
  • Las cantidades y volúmenes autorizados se especificarán en letras y
    números.
  • Indicar el nombre científico así como el nombre común de los especimenes,
    partes o derivados.
  •  indicar la procedencia y destino.
  • Tanto el original como las copias deberán ser firmadas por el Secretario
    Ejecutivo del CONAP, la persona que lo sustituya o los delegados regionales.

Con información de Julio López. 

https://soundcloud.com/user-642794698/2018-10-04-jlopez-breves

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