La Secretaría de Bienestar Social de la Presidencia (SBS) cuenta con el Departamento de Familias de Acogimiento Temporal por medio del cual busca a las familias que estén dispuestas a contribuir con la niñez y adolescencia guatemalteca. La manera de hacerlo es abrirles su hogar y, aunado a ello su corazón, al convertirse en sus cuidadores por ciertos períodos.
Actualmente son 60 familias las que están acreditadas y activas, y con el fin de buscar a más núcleos familiares que se ofrezcan a ser parte de este esfuerzo, la institución realiza periódicamente una serie de talleres informativos impartidos por profesionales de psicología y trabajo social.
La jefa del referido departamento, Jeannette Marroquín, explicó que el equipo les da a conocer a quienes estén interesados en este programa qué es el Acogimiento Familiar Temporal (AFT), la forma en que funciona y cuáles son las diferencias entre una familia sustituta y una familia adoptiva.
Los talleres también incluyen darles a conocer el rol y las responsabilidades que implican al convertirse en una familia de Acogimiento Temporal, así como las diferentes etapas por las que pasan las familias y las niñas y niños, mientras están juntos y generan un vínculo afectivo.
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— Secretaría de Bienestar Social de la Presidencia (@SBS_Guate) November 25, 2022
Acerca del Acogimiento Familiar Temporal
Según el acuerdo 40-2010, el período de acogimiento familiar temporal es de seis meses; sin embargo, la SBS aclaró que, ante la necesidad de velar por el interés superior del niño o niña, el tiempo puede extenderse mientras se resuelve su situación jurídica.
Mientras los menores estén a su cargo, las familias contarán con el acompañamiento de equipos multidisciplinarios de la institución, que incluyen a profesionales de psicología, trabajo social y abogados. Este seguimiento se realiza desde el primer día de integración, hasta que termina el periodo de acogimiento.
Ante la duda que generalmente expresan quienes se suman a este esfuerzo sobre la posibilidad de adoptar al niño o niña que está a su cargo, se aclaró que no es posible.
“Esto está regulado en el Reglamento para la Aplicación de Medidas de Protección a Niños Privados de su Medio Familiar, acuerdo 40-2010 de la Corte Suprema de Justicia. En caso de que una familia esté interesada en adoptar debe avocarse al Consejo Nacional de Adopciones”, informó la Secretaría.
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