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bebidas alcohólicas

¿Cuándo cobra vigencia la “ley seca” por las elecciones?

Este 20 de enero, el TSE realizó la convocatoria oficial para el proceso electoral 2023.

El decreto de convocatoria a elecciones generales 2023 que fue emitido este viernes, 20 de enero, por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) incluye los lineamientos que deberán cumplirse en el marco del proceso, entre estos se encuentra la “ley seca”.

El secretario general del referido órgano, al darle lectura a la normativa, señaló que este tema está regulado en el artículo 223 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP), referente a las prohibiciones durante cualquier proceso electoral.

“Está terminantemente prohibido el expendio o distribución de licores, bebidas alcohólicas y fermentadas o su consumo en lugares públicos, desde las doce horas del día anterior a las elecciones y hasta las seis horas del día siguiente a ésta”, señala el inciso D.

Según confirmó el tribunal, las fechas establecidas para los comicios son:

  • Primera vuelta – 25 de junio.
  • Segunda vuelta (en caso de ser necesario) – 20 de agosto.

Será entonces cuando cobrará vigencia la restricción para vender o consumir los mencionados productos.

La LEPP indica que la infracción a cualquiera de estas prohibiciones se sancionará de conformidad con lo dispuesto en esta ley.

TSE convoca a elecciones

El TSE convocó de manera oficial este viernes 20 de enero a las elecciones generales 2023. En este proceso se elegirá al presidente y vicepresidente de la República, diputados al Congreso de la República y del Parlamento Centroamericano, así como corporaciones municipales.

Tras oficializarse el inicio del proceso electoral, el tribunal dio a conocer que a partir de las 0:00 horas del sábado 21 de enero se iniciará la fase de inscripción de candidatos, la cual concluirá el 25 de marzo.

Entre otras fechas clave del proceso electoral se mencionaron las siguientes:

  • Primera vuelta de votaciones – 25 de junio.
  • Segunda vuelta (en caso de ser necesario) – 20 de agosto.
  • Campaña electoral – se inicia el 26 de marzo y termina 36 horas antes del día de las elecciones.

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