El Gobierno de Guatemala, por medio del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, confirmó este lunes 19 de diciembre la restricción de la circulación del transporte pesado en el marco de las fiestas de Navidad y Año Nuevo, salvo excepciones.
En el diario oficial fue publicado el acuerdo ministerial 1948-2022, el cual señala que la medida tendrá vigencia en los siguientes períodos:
- Desde las 12:00 horas del 24 de diciembre hasta las 12:00 horas del 26 de diciembre.
- Desde las 12:00 horas del 31 de diciembre de 2022 hasta las 12:00 horas del 2 de enero de 2023.
Estos días no podrá circular el transporte pesado en todo el territorio nacional, con excepción de las unidades que trasladen productos perecederos, combustibles, bebidas y alimentos, los cuales no necesitan permisos especiales.
La normativa refiere que el transporte de carga podrá circular únicamente así:
- Del kilómetro 290 carretera CA-09-N a las instalaciones de la terminal ferroviaria de Puerto Barrios y a las instalaciones del Puerto Santo Tomás de Castilla sobre la CA-09-N.
- Del kilómetro 80 carretera CA-09-SUR-A las instalaciones de Puerto Quetzal, al kilómetro 104 carretera CA-09-SUR-09 y al kilómetro 114 SA-09-SUR.