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jueza de Mayor Riesgo D, Erika Aifán
Foto: Omar Solís/EU

OJ no ha completado el pago de indemnización a la exjueza Aifán

Entre los pendientes se encuentra el incentivo de “buena conducta”, por más de Q370 mil.

El Organismo Judicial (OJ) no le ha pagado por completo la indemnización a la exjueza Erika Aifán, quien renunció a su cargo tras 19 años de ser funcionaria judicial, seis de ellos asignada al Juzgado de Mayor Riesgo D.

Aifán presentó su dimisión a finales de marzo y con efectos a partir de abril, pues denunció ser víctima de amenazas y persecución. Actualmente se encuentra fuera del país.

Entre lo que se le adeuda se encuentra el incentivo de “buena conducta”, por más de Q370 mil, el cual está establecido en el Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo del referido organismo.

El OJ adujo que, para poder reclamar ese incentivo laboral, se debe finalizar el procedimiento interno contra la abogada.

Añadió que la decisión administrativa se basó en lo tipificado en el artículo 49 del pacto, que señala que “se pagará un incentivo por buena conducta de hasta diez meses de salario, pero el beneficiario no debe enfrentar un procedimiento administrativo”.

De momento no se ha respondido si la jueza ya fue notificada de esa denuncia que estaría evitando que se concrete la entrega del referido beneficio.

https://desarrollo2.emisorasunidas.com2022/08/01/pnc-vivienda-exjueza-erika-aifan/

CSJ remite denuncias contra Aifán

En mayo pasado, la presidenta del OJ, Silvia Patricia Valdés, envió a Gestión Penal de la Torre de Tribunales los expedientes de denuncias que se han promovido contra la exjueza Aifán.

En varias resoluciones se indica que se deberá designar un juzgado para que tenga el control jurisdiccional de las denuncias que el Ministerio Público (MP) presentó mientras Aifán aún era jueza y que estaban pendientes de resolver en la Corte Suprema de Justicia.

El fallo firmado por la magistrada dice textualmente: “Remítase el expediente al Centro de Servicios Auxiliares de la Administración de Justicia Penal para la distribución respectiva al juzgado que corresponda, toda vez que la denunciada ya no goza del derecho de antejuicio”.

* Con información de Samanta Guerrero, Emisoras Unidas 89.7

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