Este 1 de agosto es el último día para que los contribuyentes puedan pagar el Impuesto Sobre Circulación de Vehículos (ISCV). La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) ha reiterado el llamado para que se dé cumplimiento a este requisito y se eviten mayores gastos.
“Este impuesto se paga del 1 de enero al 31 de julio de cada año. Luego de ese plazo corresponde multa por omisión, intereses y mora”, destacó la institución.
Además, recordó que es necesario que lo cancelen todos los propietarios de vehículos terrestres, incluidas las motocicletas, automóviles particulares y unidades comerciales.
De acuerdo con datos de la superintendencia, la meta de recaudación de este año por concepto del referido arbitrio asciende a Q1 mil 037 millones y hasta ahora se han recibido Q901 millones, es decir que faltan Q136 millones por recaudarse.
En cuanto al parque vehicular nacional, se indicó que asciende a 4.7 millones y que 3.7 millones de propietarios ya pagaron.
#EUNacionales El jefe de la SAT, Marco Livio Díaz, habló del incumplimiento de la cancelación del tributo y se refirió a los análisis que se hacen en cuanto a posibles sanciones.https://t.co/ARoQOnLiWl
— Emisoras Unidas (@EmisorasUnidas) July 27, 2022
¿Cómo pagar el impuesto?
La SAT compartió una guía relacionada con el proceso para pagar el Impuesto de Circulación de Vehículos. Los pasos son los siguientes:
- Ingresar al sitio web declaraguate.sat.gob.gt
- Seleccionar el formulario SAT-4091.
- Ingresar la información que solicita en el formulario SAT-4091.
- Validar.
- Congelar.
- Imprimir la boleta SAT-2000.
- Cancela en ventanilla bancaria, banca en línea o cajeros automáticos 5B.
https://desarrollo2.emisorasunidas.com2022/07/22/sat-venta-combustible-impuesto-circulacion/
Mientras tanto, para poder pagar la calcomanía que respalde que ya se cumplió, el proceso es este:
- Debe estar pago el impuesto del vehículo con el formulario SAT-4091.
- Ingresar al siguiente link: https://portal.sat.gob.gt/portal/impresion-calcomania/
- Colocar la placa del vehículo y NIT del propietario.
- Consultar.
- Imprimir.
“Para poder imprimir la calcomanía debe estar solvente de las infracciones de tránsito”, recordó la SAT e instó a la población a darle cumplimiento a sus obligaciones tributarias en el plazo fijado y evitar multas.