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Ministerio de Trabajo
Foto: Gobierno

Ministerio de Trabajo oficializa protocolo de prevención por Covid-19

Se establecen ciertas obligaciones y prohibiciones de los patronos y los trabajadores.

El Ministerio de Trabajo y Previsión Social estableció el reglamento sobre las medidas de prevención para mitigar el contagio del SARS-CoV-2 en los centros de trabajo del sector público o privado del país.

El acuerdo 179-2022, publicado este miércoles en el diario oficial, establece las obligaciones y prohibiciones de los patronos y los trabajadores. Esto con base en las disposiciones de salud y seguridad ocupacional que permitan condiciones de trabajo seguras.

La normativa resalta que, en ningún caso, las disposiciones reguladas podrán implicar actos de discriminación en el acceso y permanencia en el empleo, debiéndose mantener en todo momento el respeto a los derechos fundamentales de los trabajadores.

Y agrega que se trata de un mínimo de garantías en salud, las cuales son susceptibles de ser superadas por voluntad del empleador o mediante la negociación colectiva con las organizaciones de trabajadores.

Obligaciones y prohibiciones de los patronos

Entre las obligaciones de los patronos que establece el acuerdo se encuentran:

  • Distanciamiento social dentro de los centros de trabajo que permita la separación física de las personas, de conformidad con lo establecido en el Sistema de Alertas Sanitarias.
  • Limpieza y desinfección constante de las áreas de trabajo, así como de las herramientas, materiales y superficies de uso o contacto frecuente.
  • Proporcionar alcohol líquido o en gel, que posea al menos 70% de concentración, así también jabón para el correcto lavado de manos, de forma gratuita y periódica a sus trabajadores.
  • En los casos en que el Sistema de Alertas Sanitarias lo disponga, el patrono debe proporcionar mascarillas o cubrebocas a sus trabajadores.
  • Impulsar campañas de información y difusión, motivando la participación de los trabajadores a evitar el contagio del SARS-CoV-2.
  • Calendarizar capacitaciones y permitir al monitor o monitores de salud y seguridad ocupacional que instruyan a los empleados sobre estrategias para reducir el riesgo de contagio.

En cuanto a las obligaciones y prohibiciones de los trabajadores se menciona que deberán cumplir con las disposiciones sanitarias que se emitan por parte del Ministerio de Salud, al igual que cumplir con lo siguiente:

  • No podrán dañar o destruir equipos de protección personal o negarse a usarlos.
  • Ejecutar actos tendientes a impedir que se cumplan las medidas de salud y seguridad ocupacional en las operaciones y procesos de trabajo.
  • Dañar, destruir, ocultar o remover los afiches, carteles y otros medios visuales diseñados para crear y fomentar una cultura de prevención y control del contagio del SARS-CoV-2.
  • Realizar su trabajo sin el debido equipo de protección personal proporcionado por el empleador.

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