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mascarilla coronavirus Covid-19
Foto: AFP

Salud deroga acuerdo para modificar uso de la mascarilla

Aunque quedó sin efecto la normativa que también promovía el teletrabajo, el cambio de horario del personal del sector público, el distanciamiento social, entre otras medidas, se indicó que todos los habitantes deberán respetar las normas establecidas en el Sistema de Alertas Sanitarias y que será emitido un nuevo acuerdo.

El Gobierno derogó el acuerdo número 150-2020, en el que se establecía el uso obligatorio de la mascarilla, la implementación del Sistema y Tablero de Alertas Sanitarias por Covid-19 y se promovía el trabajo a distancia, entre otros aspectos.

En el diario oficial fue publicado este miércoles el acuerdo gubernativo número 114-2022 del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) en el que se oficializa la referida decisión.

Esto se da luego de que el titular de esa cartera, Francisco Coma, anunció el pasado 27 de abril en un mensaje en cadena nacional que se iniciaría con un proceso de desescalamiento para llegar a la “nueva normalidad”.

El funcionario adelantó que la mascarilla se debería utilizar en espacios cerrados como abiertos en los municipios con alerta roja.

Mientras que en las localidades clasificadas en naranja y amarillo únicamente será necesario llevar el tapabocas en áreas cerradas.

De igual forma, indicó que los aforos ya no serán restringidos, aunque se mantiene la recomendación de que exista 1.5 metros de distanciamiento entre cada persona con el fin de proteger su salud.

Con relación a la normativa publicada hoy, el MSPAS indicó que era necesaria para que posteriormente se puedan emitir los nuevos acuerdos donde queden definidas las nuevas disposiciones que regirán en el país.

Disposiciones contra el Covid-19 que quedaron sin efecto

El artículo 1 del acuerdo oficializado por el MSPAS detalla que todos los habitantes de la república deben asumir su responsabilidad y colaboración en el cumplimiento de las medidas y disposiciones que deriven del Semáforo por Covid-19, como ente rector de salud en virtud de la pandemia.

En tanto, el artículo 2 es el que establece la derogación del acuerdo 150-2020. De esta manera quedaron sin efecto las siguientes medidas que se mantenían vigentes desde hace casi dos años:

  • Sistema y Tablero de Alerta Sanitaria por Covid-19, que es un instrumento para determinar el nivel de riesgo que existe para la población y proporciona información para la toma de decisiones sobre la desescalada y escalada de las restricciones.
  • Uso universal y adecuado de la mascarilla, exceptuando a los niños menores de dos años y las personas que por su condición médica cuenten con una contraindicación.
  • Distanciamiento social o físico, mínimo de 1.5 metros.
  • Higiene de manos con agua y jabón o gel con alcohol con al menos 60% de concentración.
  • Horario de actividades en el sector público: Se regula que el horario laboral esté comprendido de 07:00 a 15:00 horas para todas las dependencias del organismo Ejecutivo, con excepción de los servicios públicos que por su naturaleza deben prestarse en cualquier horario.
  • Modalidades de la prestación del servicio personal: en todos los casos del sector público y privado se recomienda permitir y propiciar el teletrabajo o trabajo desde casa, proporcionando los elementos necesarios para su desarrollo.

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