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incremento del precio del gas propano
Foto: Edwin Bercián/EU

Entra en vigencia la prórroga del subsidio al gas propano

El Congreso aprobó la ampliación por tres meses de la vigencia del “apoyo social temporal” para los consumidores.

Este viernes, 1 de abril, entró en vigencia el Decreto 17-2022, que prorroga por tres meses la Ley de Apoyo Temporal a los Consumidores de Gas Propano.

La referida normativa fue aprobada el 8 de marzo por el Congreso de la República, con el fin de respaldar a los guatemaltecos afectados por el incremento de precios de este producto.

Específicamente se beneficia a quienes consumen cilindros de 10, 20, 25 y 35 libras.

Este beneficio estuvo vigente durante diciembre de 2021 y enero y febrero de 2022, pues se aprobó inicialmente por un plazo de tres meses.

Sin embargo, tomando en cuenta el contexto internacional en el que los costos continúan al alza, los diputados decidieron ampliar este subsidio.

En ese sentido, quedó establecido que se mantendrá por 90 días más a partir de este 1 de abril con vigencia a nivel nacional.

Nuevamente se aplicará un subsidio de la siguiente manera:

  • Q8 al cilindro de 10 libras.
  • Q16 para el de 20 libras.
  • Q20 para el de 25 libras.
  • Q28 para el de 35 libras.

Q150 millones para financiar subsidio al gas

El decreto 17-2022 instruye al Organismo Ejecutivo para que, por medio del Ministerio de Energía y Minas (MEM), se otorgue un apoyo social temporal a los guatemaltecos, aplicable a cuatro presentaciones de tambos de gas propano.

La cartera de Finanzas destinará para ese fin Q150 millones del Presupuesto de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2022, los cuales provienen de caja.

Con el fin de que el subsidio se aplique adecuadamente y conforme a la ley, se establecieron mecanismos de control y fiscalización.

Las acciones de verificación están a cargo del MEM, la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) y la Dirección de Atención y Asistencia al Consumidor (Diaco).

Para quienes incumplan con lo establecido en el decreto se contemplan sanciones que incluyen multas de hasta diez Unidades de Multa Ajustables (Umas) a la persona jurídica o individual que haga omisos.

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