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Gobernación reduce horario de aplicación de la ley seca

La medida se da tomando en cuenta el comportamiento de la pandemia y con el fin de reactivar la economía.

El Ministerio de Gobernación redujo el horario de implementación de la ley seca a nivel nacional, según lo estableció la cartera por medio del acuerdo número 214-2021.

La normativa fue publicada este miércoles en el diario oficial y entrará en vigencia a partir de este jueves, 11 de noviembre.

La misma establece que la decisión de modificar el horario obedece al comportamiento de la pandemia y el avance del Plan Nacional de Vacunación contra Covid-19.

También detalla que se busca propiciar la reactivación económica del país, por lo que se hace necesario readecuar el ordenamiento reglamentario en relación al horario para la venta de este tipo de productos.

En ese sentido, la prohibición del expendio y consumo de bebidas alcohólicas fermentadas o destiladas se aplicará desde las 23:00 hasta las 06:00 horas del día siguiente.

Anteriormente, la medida se iniciaba de las 21:00 a las 06:00 horas, con el fin de reducir la movilidad de las personas en las calles a altas horas de la noche.

https://desarrollo2.emisorasunidas.com2021/09/11/covid-19-operativos-personas-ley-seca-zona-16/

Multas por incumplir la ley seca

El acuerdo gubernativo número 214-2021 reforma el acuerdo 221-2004, que contiene las disposiciones reglamentarias para el expendio y consumo de bebidas alcohólicas, fermentadas o destiladas.

Y, además de definir los horarios de aplicación de la prohibición para la venta de estos productos, detalla que la medida aplica para los establecimientos comerciales abiertos al público.

Cualquiera que sea su categoría o naturaleza, incluyendo discotecas, restaurantes, comedores, centros nocturnos, cantinas, bares, expendios de dichas bebidas, hoteles, moteles o pensiones. También supermercados, automercados, abarroterías, tiendas de conveniencia y establecimientos comerciales similares.

“Los establecimientos a que se refiere el artículo podrán permanecer abiertos durante las horas que estuvieren autorizados para ello por la autoridad competente, y siempre que no infrinjan el presente acuerdo”, resaltó la normativa.

Agregó que los propietarios, representantes legales, gerentes, encargados o empleados de los establecimientos comerciables serán responsables del incumplimiento de la reglamentación.

Y establece que el incumplimiento de la ley seca será sancionada con multa de Q100 mil y dará lugar al inicio del expediente para la cancelación de la patente, licencia o permiso del establecimiento.

Mientras tanto, la persona individual que coadyuve a incumplir la disposición por razón de su actividad económica o trabajo, o que en los horarios mencionados se encuentren consumiendo bebidas alcohólicas, se pondrá multa de Q5 mil.

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