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El gobierno de Guatemala impuso medidas para contener el contagio del COVID-19, informó el presidente, Alejandro Giammattei.
El gobierno de Guatemala impuso medidas para contener el contagio del COVID-19, informó el presidente, Alejandro Giammattei.

COVID-19. Gobierno publica acuerdo por Estado de calamidad

El gobierno de Guatemala limitó la locomoción para evitar la propagación del COVID-19, derivado de un repunte en el contagio.

El acuerdo gubernativo 6-2021, que da vida al Estado de calamidad que impuso el gobierno de Guatemala para contener el contagio de COVID-19, fue publicado este sábado 14 de agosto en el Diario de Centro América (DCA).

De acuerdo con lo manifestado por el presidente, Alejandro Giammattei, durante un mensaje a la nación que se difundió el pasado viernes 13 de agosto, la medida más estricta es un toque de queda que iniciará desde las 22 horas y concluirá a las 4 horas del día siguiente.

La restricción a la libre locomoción regirá en todo el territorio nacional y comenzará a ejecutarse desde este domingo 15 de agosto, informó el mandatario.

De acuerdo con la normativa:

“Se hace necesario robustecer las normas sanitarias”.

Esto “a pesar de haberse emitido oportunamente –las– disposiciones obligatorias para la contención y prevención” del nuevo coronavirus.

Además, se señaló que las instituciones rectoras de la salud y la comunidad en general deberán desarrollar las referidas medidas con el objetivo de evitar la propagación del virus SARS-CoV2 y así reducir el impacto que tiene en la sanidad pública.

También puedes leer: Gobierno declara estado de Calamidad a nivel nacional para contener el Covid-19

Restricciones por COVID-19

Otras restricciones que figuran en el acuerdo gubernativo 6-2021 son:

  • Se prohíben las reuniones masivas.
  • Las manifestaciones deben cumplir las medidas de prevención y que garanticen la libre locomoción, además del distanciamiento físico y otras acciones de protección personal.
  • Se establece un precio mínimo y máximo para los medicamentos que son utilizados para el tratamiento de pacientes positivos a COVID-19.
  • Se ordena al Instituto Guatemalteco de Migración (IGM), Ministerio de Relaciones Exteriores (Minex) y a la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), para coordinar con el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS), la vigilancia de los puntos fronterizos.
  • El Ministerio de Gobernación (Mingob) deberá aplicar los procedimientos correspondientes para garantizar el orden público.

También puedes leer: FECI podrá imputar nuevos hechos al exdiputado Estuardo Galdámez

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