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Congreso aprueba prórroga para el pago de impuesto sobre circulación de vehículos

SAT recuerda que este lunes vence plazo para pagar Impuesto sobre Circulación

La institución detalló que hoy, 2 de agosto, concluye el período para poder cancelar el tributo sin multas y sanciones.

La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) recordó que este lunes vence el plazo para pagar el Impuesto Sobre Circulación de Vehículos (ISCV) 2021 sin multas ni recargos.

De acuerdo con la institución, los propietarios de motocicletas, carros y demás vehículos tienen únicamente esta jornada para cumplir con cancelar el tributo.

“¡No lo dejes a última hora! Paga tu ISCV y mantén tu distancia de multas y sanciones”, es el llamado difundido por el ente recaudador.

Este impuesto debe pagarse en el plazo del 1 de enero al 31 de julio de cada año. Luego de ello corresponde multa por omisión, intereses y mora.

Sin embargo, en esta ocasión se amplió hasta el 2 de agosto tomando en cuenta el calendario tributario que maneja la SAT.

https://twitter.com/SATGT/status/1422185665526124545

¿Cómo pagar el Impuesto sobre Circulación?

Los propietarios de vehículos pueden acceder al portal.sat.gob.gt, en el apartado denominado “Impuesto de Circulación”, para consultar el monto a pagar.

Al ingresar el número de NIT, el tipo y número de placa, así como un código establecido en el sitio web, se puede conocer la cantidad asignada al automotor.

Posteriormente, debe cumplir con el proceso para pagarlo, que es el siguiente:

  • Llenar el formulario Declaraguate SAT-4091 “Vehículos Circulación” en el portal declaraguate.sat.gob.gt.
  • Generar la boleta SAT-2000 y guardarla en formato digital (si se pagará en línea) o imprimirla (si acudirá a una agencia bancaria).
  • Pagar el impuesto en un banco, ya sea en línea o en una agencia, para lo cual debe presentar el formulario.

https://desarrollo2.emisorasunidas.com2021/07/20/sat-impuesto-sobre-circulacion-de-vehiculos-2021/

Tras haber realizado el pago del boleto de ornato, las multas y el respectivo formulario de Declaraguate, se puede proceder a imprimir la calcomanía.

Para ello, los contribuyentes deben ingresar al portal.sat.gob.gt, en la sección de “vehículos” y luego a “impresión de calcomanía”.

La SAT detalló que la calcomanía debe ser portada en el interior del vehículo o por el conductor, ya que las autoridades competentes pueden requerirla en algún momento.

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