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Corte de Constitucionalidad

CC da trámite a amparo presentado por PDH contra presidente Giammattei

Además, ordena a la autoridad denunciada remitir los antecedentes del caso en un plazo de 48 horas.

La Corte de Constitucionalidad (CC) da trámite al amparo presentado por el Procurador de los Derechos Humanos (PDH), Jordán Rodas Andrade, en contra del presidente de la República, Alejandro Giammattei Falla, por el estado de Prevención que hoy se oficializó en el diario oficial.

A inicios de la semana, Giammattei mencionó en un acto público que se implementaría este estado de excepción para reducir las manifestaciones en su contra.

https://desarrollo2.emisorasunidas.com2021/07/12/giammattei-estado-de-prevencion-covid-19/

Admiten amparo

Tras el anuncio realizado por el mandatario Giammattei, el Magistrado de Conciencia presentó la acción de amparo en contra de Giammattei, el Mingob y la PNC “ante la amenaza inminente a los derechos humanos de libertad de locomoción, reunión, manifestación y emisión del pensamiento”.

“El día de mañana en consejo de ministros vamos a emitir un estado de Prevención en todo el país donde vamos a limitar ese tipo de cosas, porque creo que ya basta, ya fue suficiente, pero ahora van a ver la respuesta”, fueron las palabras que expresó el mandatario en Petén.

https://desarrollo2.emisorasunidas.com2021/07/13/giammattei-oficializa-estado-de-prevencion-y-adelanta-ampliacion-de-ley-seca/

No obstante, en relación al tema de las manifestaciones, el inciso b del artículo 4 (Medidas) del decreto gubernativo 5-2021 indica lo siguiente:

“Con relación a la reunión, grupo o manifestación pública que se lleva a cabo sin la debida autorización o si habiéndose autorizado se efectuare sin cumplimiento de las medidas sanitarias necesarias, portando armas u otros elementos de violencia, se procederá conminarlos al cumplimiento de las mismas conforme lo establecido en la Ley de Orden Público, y su disolución cuando la salud y seguridad pública lo amerite”.

Piden antecedentes

Por otra parte, la CC ordenó a la autoridad denunciad remitir los antecedentes del caso en un plazo de 48 horas. Esto indica el inciso VI del oficio:

“Para resolver si procede o no el amparo provisional, que la autoridad denunciada remita los antecedentes del caso o, en su defecto, informe circunstanciado, dentro del perentorio término de cuarenta y ocho horas”.

* Con información de PDH y CC.

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