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Tribunal Supremo Electoral (TSE).
Tribunal Supremo Electoral (TSE).

Presidente del TSE: Reformas no abren la puerta al transfuguismo

El magistrado Mynor Franco explicó el contenido de la propuesta que presentó el Tribunal Supremo Electoral al Congreso para reformar la Ley Electoral y de Partidos Políticos.

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) entregó ayer en el Congreso una iniciativa de reformas a la Ley Electoral y de Partidos Políticas, que contempla el tema del transfuguismo.

El magistrado presidente del órgano electoral, Mynor Franco, explicó su contenido este viernes en el programa A Primera Hora.

La presentación de la propuesta del TSE se dio dos días después de que en el Congreso se intentara incluir una propuesta que aparentemente buscaría reactivar el transfuguismo.

Asimismo, se habló de que por medio de esta se pretendería beneficiar a los diputados del bloque Unión del Cambio Nacional (UCN), pues recientemente el partido fue cancelado.

Franco indicó que la propuesta del TSE no protege, porque las reformas se están trabajando desde el año pasado y no tiene que ver con beneficiar a alguien en específico.

Aunque aceptó que puede ser que exista alguna coincidencia por el tiempo en el que se presentó, aseguró que es una idea totalmente independiente.

Además, “la Ley Electoral es totalmente diferente a la Ley Orgánica del Congreso”, que era la que se pretendía reformar por los diputados, enfatizó el magistrado.

https://desarrollo2.emisorasunidas.com2021/02/18/guatemala-lepp-tse-reformas/

De igual forma, el presidente del TSE indicó que plantear las modificaciones era una deuda pendiente del año pasado, por mandato precisamente de la LEPP.

Sin embargo, la temporada de pandemia y otras circunstancias no lo permitieron, así que hasta ayer se concretó, aseguró.

“Es un mandato de la propia Ley Electoral que nosotros debemos presentar ese proyecto de reformas, que deviene de todo lo que trabajó la Comisión de Actualización y Modernización Electoral (CAME), con motivo de las elecciones llevadas a cabo en 2019”, expuso.

El entrevistado señaló que de los temas surgidos y las propuestas que recibió, la CAME elaboró un proyecto con las conclusiones. Este fue el que sirvió de base para la iniciativa del TSE.

El análisis del documento se hizo en coordinación con consultores que se contrataron para el efecto por parte del órgano electoral.

Y, según Franco, de lo que ellos plasmaron en su propuesta se colocó un 98% en la propuesta remitida al Legislativo y el 2% fue lo que incluyeron los magistrados.

Al preguntarle qué incluían los planteamientos del tribunal propiamente, señaló: “podríamos hablar del transfuguismo, nosotros tratamos de sintetizarlo, porque una cuestión es la teoría y otra es la práctica”.

“No es que no estemos de acuerdo con lo que indicaron los asesores, sino que daba lugar también con la confusión y nosotros tratamos de aclararlo”, añadió.

¿Vía libre al transfuguismo?

Franco descartó que la iniciativa del TSE le abra las puertas al transfuguismo y señaló que únicamente se aclaran algunas dudas, pues a su criterio, el transfuguismo es parte a una discusión que ha dado lugar a interpretaciones diversas.

“Nosotros simplemente lo que hacemos es aclarar en qué consiste el transfuguismo. Aclaramos que es todo aquel diputado que haya llegado al Congreso electo y haya tomado posesión y luego renuncia a ese partido y quiere trasladarse a otro”, dijo.

“Pero, nosotros decimos que ese sí es transfuguismo y está plasmado como tal, ya que así lo plantea la actual LEPP, que incluye las reformas de 2016, y así mismo lo transcribimos”, añadió.

Aunque, consideró que ante la cancelación de partidos políticos los magistrados ven que no pueden verse afectados los diputados, pues si se les canceló, no son considerados tránsfugas porque no están tomando la decisión de separarse de la agrupación.

Franco refirió que si un diputado tiene diferencias con su partido, no puede cambiarse a otro así fácilmente.

Cambiarse por cambiarse no lo puede hacer, porque debe renunciar. La ley es clara y si renuncia a su partido es considerado tránsfuga, así está en la actual LEPP y así quedó en la modificación.

Solo se flexibiliza en cuanto a cancelación de partidos y para los casos en los que las organizaciones expulsen a alguno sin razón, concluyó.

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