22 noviembre, 2024 | 11:46 pm

Yosi Sideral

90.1 FM

Atmósfera

96.5 FM

La Tronadora

104.1 FM

Kiss

97.7 FM

La Grande

99.3 FM

Nueva Fabuestéreo

88.1 FM

Guatemala

89.7 FM
Nacionales
Copas de champagne
Foto ilustrativa: Pixabay.com

Covid-19: En fiestas de fin de año no aplicará la ley seca

La disposición de la ley seca es vigente mediante el acuerdo 151-2020.

Mediante el acuerdo gubernativo 151-2020, el Gobierno de la República dio a conocer las reformas a las disposiciones reglamentarias para el expendio y consumo de bebidas alcohólicas, fermentadas o destiladas (ley seca).

El horario establecido en dicho documento es de 21:00 horas del día que concluye a las 6:00 horas del día siguiente.

Acuerdo gubernativo 151-2020

Esto se establece en el artículo 1 de dicho acuerdo, el cual añade lo siguiente:

“En los establecimientos comerciales abiertos al público, cualquiera que sea su categoría o naturaleza, incluyendo discotecas, restaurantes, comedores, centros nocturnos, cantinas, bares, expendios de dichas bebidas, hoteles, moteles o pensiones; así como supermercados, automercados, abarroterías, tiendas de conveniencia y establecimientos comerciales similares”, se añade.

Los establecimientos antes mencionados pueden estar abiertos durante las horas que estuvieren autorizados y que no infrinjan de ninguna forma el acuerdo gubernativo presente.

Nuevas disposiciones por coronavirus a partir del 1 de octubre

Sanciones

Además, se hace saber que el incumplimiento de dicha disposición será sancionado con multa de Q100 mil. y dará lugar al inicio del expediente para la cancelación de la patente, licencia o permiso otorgado.

Por otra parte, las personas individuales que coadyuven a incumplir esta disposición se les impondrá una multa de Q5 mil.

Excepción

Asimismo, en el último párrafo del artículo en mención se hace la salvedad que la ley seca no aplicará durante las fiestas de fin de año.

“Se exceptúa la aplicación del horario establecido en el presente artículo durante las fechas de celebración de fiestas navideñas y fin de año”, se indica.

Es decir, los días 24 y 31 de diciembre y 1 de enero.

Prohibición

Por otro lado, el artículo 2 se refiere a la prohibición de ingerir bebidas alcohólicas fermentadas o destiladas en la vía pública, así como en áreas adyacentes a los establecimientos comerciales abiertos al público.

* Con información del Gobierno.

COMPARTIR

Publicidad

Recientes

Kevin Moscoso
Kevin Moscoso
Deportes

Kevin Moscoso analiza el juego de ida de la semifinal

Farándula

Garfield: datos curiosos que debes conocer antes de verla

Papa Francisco saludando
Papa Francisco saludando
Internacionales

Papa Francisco participará en foro sobre baja natalidad en Italia

Deportes

36 atletas conformarán el equipo de refugiados en París 2024

RECOMENDADOS

Publicidad