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Municipalidad de Guatemala publica requisitos para que transporte público pueda circular

La autorización para que las unidades de transporte puedan ser utilizadas será emitida por el gerente de la Empresa Municipal de Transporte de la Ciudad de Guatemala.

La municipalidad de Guatemala oficializó el procedimiento que tendrán que cumplir los empresarios para obtener la autorización para la circulación del transporte público colectivo urbano en la Ciudad.

El permiso será otorgado mediante resolución emitida por el gerente general de la Empresa Municipal de Transporte (EMT) de la Ciudad de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana..

Así se indica en el acuerdo COM-26-2020, publicado este jueves en el diario oficial, en el que establecen los requisitos para la reactivación del transporte en el marco del estado de Calamidad Pública por la pandemia del Covid-19.

La normativa aclara que, de conformidad con las disposiciones que emita el organismo Ejecutivo a través del Ministerio de Salud, la EMT podrá revocar las autorizaciones otorgadas por sectores o rutas.

Transmetro iniciará a circular el viernes 31 de julio

Requisitos

La comuna indicó que para que el prestador del servicio de transporte público colectivo urbano obtenga la autorización deberá cumplir con los siguientes requisitos:

  • Presentar el protocolo de Activación y Medidas Sanitarias para prevención del coronavirus, debidamente aprobado por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, para garantizar la defensa de la vida y seguridad de los usuarios.
  • Presentar declaración jurada del representante legal del prestador del servicio de transporte público colectivo urbano, que contenga su voluntad expresa de cumplir con el protocolo a que se refiere la literal anterior.
  • Acatar lo establecido en el reglamento para la operación y prestación de servicios en el Sistema Integrado de Transporte Público Colectivo del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia emitido por el concejo municipal.
  • Circular con el porcentaje de la capacidad de las unidades registradas para la prestación del servicio de transporte público colectivo urbano, de conformidad con el Tablero del Sistema de Alerta Sanitaria para la Emergencia Covid-19.

Sanciones

En el acuerdo de la municipalidad se indica que las unidades del transporte público que no cumplan con los requisitos señalados serán sancionadas de conformidad con el Reglamento para la Operación y Prestación de Servicios en el Sistema Integrado de Transporte Público Colectivo del municipio de Guatemala.

“Poniendo a disposición del Juzgado de Asuntos Municipales de Tránsito los documentos incautados a la unidad sancionada, la cual no podrá circular hasta que se cancele la multa y se devuelvan los documentos.

La fiscalización y supervisión del cumplimiento de la normativa estará a cargo de la Superintendencia de Transporte Público Colectivo Urbano (STP).

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