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Ministerio de Trabajo da alternativas para que patronos cumplan con pago del Bono 14

El Ministerio de Trabajo y Previsión Social (Mintrab) dio a conocer las modalidades que se estarán aplicando este año para que los patronos den cumplimiento al pago del Bono 14.

Esta es una prestación anual que se entrega a los trabajadores de los sectores público y privado en la primera quincena de julio.

Por medio de un comunicado, la cartera señaló que reconoce que derivado de la actual situación de emergencia por la pandemia del Covid-19, la actividad económica de varios sectores se ha visto afectada.

Y aunque ya había emitido un aviso en el que se reiteraba que el Bono 14 debe ser pagado en el mencionado plazo.

En el que se señalaba que las suspensiones de los contratos de trabajo no interrumpen la continuidad para el pago de esta bonificación, ahora anunció que se establecieron tres alternativas para que los patronos cumplan con la obligación.

E indicó que las mismas se dan atendiendo la legislación vigente que regula los mecanismos para la documentación de las obligaciones relacionadas con esa prestación laboral.

Ministerio de Trabajo destaca sobre proceso para pago del Bono 14

Modalidades

De acuerdo con el Mintrab, las alternativas que se están poniendo a disposición de los patronos para pagar el Bono 14 son:

  • Acceder al Fondo de Crédito para Capital de Trabajo, de conformidad con lo establecido en el Decreto Número 13-2020 y el reglamento de dicho fondo emitido por el Crédito Hipotecario Nacional. Para ello se realizaron las gestiones ante las entidades financieras Micoope, Banrural y Banco Inmobiliario.
  • Los patronos que no estén en posibilidad económica para realizar el pago del Bono 14, y así lo comprueben, deberán informar al Mintrab sobre la situación, a través de declaración jurada. La Inspección General de Trabajo actuará conforme a la ley en caso de duda razonable o inexactitud de la información declarada.
  • El Mintrab debe velar por el cumplimiento de la ley y los principios que inspiran el derecho laboral, siendo uno de ellos el principio conciliatorio. La ley es tutelar del trabajador y se implementarán las acciones que correspondan en caso de que se incumplan los acuerdos establecidos.

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