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Autoridades de tránsito realizan operativos por restricciones de circulación de vehículos

Recuerde que hoy solo pueden circular los vehículos con placas que terminan en número par.

Este martes 16 de junio iniciaron las restricciones a la movilidad de los vehículos, según las nuevas disposiciones presidenciales para contener la propagación del coronavirus Covid-19.

Sin embargo, se observa alta carga vehicular en algunas áreas de la ciudad capital, así como en puntos de acceso a la mismas, es decir, municipios aledaños.

A pesar de que este martes solo pueden circular los vehículos con placas que terminan en número par.

Tanto la Policía Municipal de Tránsito (PMT) de Guatemala y Villa Nueva mantienen operativos en puntos de mayor afluencia vehicular.

Mientras que la Entidad Mixqueña de Tránsito (EMIXTRA) en la ruta Interamericana en donde la circulación de vehículos es fluida.

En tanto, la Municipalidad de Santa Catarina Pinula informó que con el objetivo de hacer cumplir las restricciones a la movilidad vehicular impuestas por el Gobierno de Guatemala se llevan a cabo operativos en varios puntos.

Hasta el momento han sido multados 20 vehículos, aseguró la PMT de Santa Catarina Pinula.

Sanciones a vehículos

El Ministerio de Gobernación advirtió que serán sancionados los ciudadanos que se conduzcan en vehículos con placas de circulación alteradas.

La cartera del Interior, a través de un comunicado, manifestó que: “todas las personas que se encuentren alterando placas de circulación serán puestas a disposición de los órganos jurisdiccionales competentes”.

En el documento resalta el artículo 330 del Código Penal Decreto 17-73, en donde especifica que “quien falsificare placas u otro distintivo para vehículos, que las autoridades acuerden para estos, o alterare los verdaderos, será sancionado con prisión de uno a tres años”.

Más del tema: La multa y los años de prisión establecidos por alterar placa de vehículos

Las disposiciones

El presidente Alejandro Giammattei anunció las nuevas disposiciones para los próximos 15 días, en las que determinó que los días martes 16, jueves 18, sábado 20, lunes 22, miércoles 24 y viernes 26 podrán circular los vehículos con placas particulares con terminación par, es decir, 0, 2, 4, 6 y 8.

Mientras que miércoles 17, viernes 19, martes 23, jueves 25 y sábado 27, circularán placas particulares impares, quiere decir, los que terminen en 1, 3, 5, 7 y 9.

Lectura sugerida: Conozca acerca de las restricciones de circulación de vehículos para las siguientes dos semanas

Ante el incumplimiento de esto “será sancionado con Q500 de multa, conforme el Reglamento de Tránsito, Acuerdo Gubernativo 273-98, artículo 184, numeral 3”, aseguró la cartera del interior.

Estas disposiciones fueron declaradas para los departamentos de Guatemala, San Marcos, El Progreso y Sacatepéquez.

 

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