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Diputado Galdámez: “hay un rubro para indemnizar a quien recibió sueldo del Congreso”

Estuardo Galdámez, quien deja de ser diputado el 14 de enero, asegura que el Congreso tiene una partida para cubrir indemnizaciónes pero no aclara a quién.

Al ser consultado sobre el rumor de que los diputados no reelectos buscan que se les indemnice, Estuardo Galdámez, secretario de la Comisión Permanente del Congreso dijo que ese organismo tiene un renglón para indemnizar a quienes recibieron remuneración de parte del Legislativo

“Dentro del presupuesto para el congreso de la República hay un renglón que se llama indemnización y este es para todas aquellas personas que de una u otra forma han recibido remuneración económica producto de un trabajo o servicio dentro del Congreso de la República de Guatemala”, dijo Galdámez consultado por Emisoras Unidas y quien deja de ser diputado el 14 de enero.

 

Álvaro Arzú Escobar fue quien aprobó en el presupuesto del Congreso para el 2020 un rubro para el pago de prestaciones.

El 14 de enero 108 diputados de la actual legislatura dejan su curul debido a que no fueron reelectos, en el caso de Galdámez, abandona el Congreso porque fue candidato a la presidencia.

Indemnización está en ley

Algunos congresistas señalaron que la posibilidad se abrió cuando aprobaron el Acuerdo Legislativo 18-2017 durante la gestión como presidente de la Junta Directiva de Óscar Chinchilla de la bancada Creo.

El texto del acuerdo dice:” Se conmina a la Junta directiva y/o comisión permanente a actuar de conformidad con el artículo 55 de la ley orgánica del Organismo Legislativo para que se paguen a los diputados remuneraciones y demás prestaciones laborales existentes entre estas remuneraciones mensuales, dietas, gastos de representación, aguinaldos y dietas”, sin embargo en ninguna parte de lo aprobado se menciona la palabra indemnización.

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Otros diputados opinan que no debería pagárseles indemnización debido a que fueron electos popularmente y no hay un contrato entre el Organismo Legislativo para ocupar el cargo.

Base legal

La base con la que algunos diputados intentan argumentar ese pago son los artículos 55 y 106 de la Ley Orgánica del Congreso, los artículos 44, 46 y 106 de la Constitución y el Convenio sobre la Protección del Salario.

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Los artículos de la Ley del Congreso mencionan los derechos de los diputados, como es recibir una remuneración para que cumplan sus funciones dignamente, así como las prestaciones legales correspondientes sobre el total de sus ingresos.

*Con información de Francisco Pérez y Publinews

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