El jefe de la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (Cicig), Iván Velásquez, publicó en su cuenta de Twitter que los diputados sí pueden ser investigados, y un extracto del artículo 161 de la Constitución, referente al tema del antejuicio.
Ayer, el congresista Felipe Alejos presentó una denuncia en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en Washington, Estados Unidos, por supuestas violaciones a sus derechos humanos en el país, y señaló a la exfiscal Thelma Aldana y al comisionado Velásquez de politizar la justicia y violar los derechos humanos.
El diputado Felipe Alejos habla sobre la denuncia que interpuso en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. pic.twitter.com/zh7Qbluyqm
— Dulce Rivera (@drivera_soy502) August 29, 2018
En enero de 2018 el MP y la Cicig presentaron una solicitud de antejuicio en su contra por su presunta vinculación en el caso Traficantes de Influencias, el cual fue tramitado con lugar por los magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CJ). En el expediente se señala que Alejos podría estar vinculado con una supuesta estructura delictiva dedicada a hacer cobros ilegales a cambio de acelerar la devolución del crédito fiscal en la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT).
Ahora, ¿cuál debería ser el proceso de investigación de un funcionario
con derecho de antejuicio?
El programa A Primera Hora invitó al exmagistrado de la Corte de Constitucionalidad (CC), Carlos Luna Villacorta, y al exsecretario privado del Ministerio Público (MP) abogado Javier Monterroso, para analizar el tema.
Carlos Luna Villacorta: “En cuanto al antejuicio, lo que recomendamos es que debe revisarse esa Ley de Antejuicios y quede muy claro cuando procede, que no quede sujeto a una interpretación que nos ha llevado a todo este tiempo que se ha ido perdiendo”. #EUAnálisis pic.twitter.com/ELaMmOzp5k
— Emisoras Unidas (@EmisorasUnidas) August 30, 2018
Carlos Luna Villacorta
La CC interpretó esto. Lógicamente para plantear el antejuicio se necesita información. La CC dijo que se necesitan ciertos elementos para que la CSJ o el Congreso digan que hay algo qué investigar. Pero el MP debe respetar sus derechos constitucionales.
Esto ha venido por desesperación. Lo que hay que dejar claro es que el antejuicio es para el ejercicio del cargo no para la persona. La CC ya hizo un análisis del artículo 161 de la Constitución. Por ejemplo, si un juez atropella a alguien, eso no tiene nada que ver con su cargo. El problema es que ahora el antejuicio se usa para todo.
Mientras menos dejemos a la interpretación, será mejor. La Ley en Materia de Antejuicios debería ser clara, que es por el ejercicio del cargo, si no se vuelve un antejuicio universal.
¿Por qué tanto revuelo en este caso? Porque no está tan caro. La CC ya tiene dos interpretaciones. Por eso abogábamos porque se reforma la ley de antejuicio y que se aclare en qué casos se debe aplicar.
Monterroso: “En el caso de Felipe Alejos, Nineth Montenegro u otros diputados la misma CSJ ha dicho que no son denuncias espurias o políticas y que pueden proceder con el proceso de antejuicio y lo mandan al Congreso o un juez pesquisidor”. #EUAnálisis pic.twitter.com/DoGGEr62Nd
— Emisoras Unidas (@EmisorasUnidas) August 30, 2018
Javier Monterroso
El Comisionado envía el mensaje de Twitter por Felipe Alejos, quien ha reiterado que se violan sus derechos porque se le está investigando. En este caso el antejuicio que se presenta en su contra es para seguir la investigación. El MP no puede dejar de tomar el testimonio de una víctima o testigo. Si éste menciona a un diputado o a un funcionario, no puede dejarlo por un lado.
¿Qué no puede hacer el MP y la Cicig con un funcionario que goza de derecho de antejuicio? No puede solicitar información de cuentas bancarias, no puede hacer un allanamiento, no puede detenerlo, no puede revisar sus correos. Eso solo se puede hacer con orden de juez, porque goza de derecho de antejuicio. Felipe Alejos ha querido manipular el discurso diciendo que lo están investigando. No lo están investigando. Están recopilando información, que es otra cosa.
El antejuicio nace primero para los jueces, porque al emitir sus resoluciones alguna de las partes siempre buscaba recusarlos. Luego aparece para algunos funcionarios y diputados, pero se confunde el juicio político con el antejuicio. La ley debería limitarlo a los actos realizados en el cargo.
#EUAntejuicios | CICIG ratifica solicitud de antejuicio contra la diputada Nineth Montenegro.
Detalles ► https://t.co/AXGtfZhdkP pic.twitter.com/jZJHyjrpkx
— Emisoras Unidas (@EmisorasUnidas) August 30, 2018
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