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Si se les retira la inmunidad al Presidente y a la diputada Montenegro no significa que sean culpables, dicen abogados

Los dos siguen gozando de sus garantías constitucionales, aún cuando les sea retirada su inmunidad.

Los magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) resolvieron dar trámite a los procesos de antejuicio presentados contra el presidente Jimmy Morales y la diputada Nineth Montenegro, por el delito de financiamiento electoral ilícito, solicitados por Ministerio Público (MP) y la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (Cicig).

El expediente del mandatario debe ser enviado al Congreso, donde se debe integrar una comisión pesquisidora que analizará el caso. Si la comisión decide que sí hay argumentos para retirarle la inmunidad, trasladarán el dictamen al Pleno para que los congresistas voten para el retiro o no de la inmunidad.

En el caso de la diputada Montenegro, se debe nombrar un juez pesquisidor en la Corte Suprema de Justicia para que presente un informe de si hay o no argumentos para retirar la inmunidad de la parlamentaria.

¿Cuál es el trámite de antejuicio para el Presidente?

De acuerdo con el artículo 17 de la Ley en Materia de Antejuicio:

  • “Cuando el Congreso de la República deba conocer de un antejuicio promovido contra un dignatario o funcionario que, por razón del cargo goce de ese derecho, después de haberse inhibido un órgano judicial de continuar instruyendo proceso por tal razón y habiéndose recibido los autos para su conocimiento, como señala el artículo 16 de esta Ley, la Junta Directiva lo deberá hacer saber al Pleno del Congreso que en próxima sesión ordinaria, que se celebrará no más de ocho días, después de su recepción iniciará el trámite del asunto”.

Lea la Ley en Materia de Antejuicios

Para conversar sobre este tema, el programa A Primera Hora invitó a los abogados Mario Fuentes Destarac, integrante del Centro para la Defensa de la Constitución (Cedecón), y Elvin Diaz, director del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales de Guatemala.

Mario Fuentes Destarac

¿Pasarán los antejuicios?

Este proceso tiene dos etapas en las cuales yo nunca he estado de acuerdo porque son inconstitucionales, porque los magistrados de la CSJ deben calificar si la denuncias es espuria, ilegítima o política; y la segunda parte es el procedimiento de antejuicio que lleva a cabo el tribunal de antejuicio correspondiente, que puede ser uno de los tribunales de la CSJ, o el Congreso.

Ahora ya se cumplió con la primera parte, la CSJ ya determinó que las denuncias no son espurias, no son ilegítima y no son políticas.

El caso del Presidente será trasladado al Congreso y el de la diputada Montenegro a un juez pesquisidor. Ahora vienen las pesquisas en los dos casos.

Si existen las pruebas, ¿pueden investigar más sin quitarle la inmunidad?

No se puede investigar. Por investigaciones colaterales sale, de pronto, una vinculación al funcionario. Son hallazgos de otros casos. Con base en esta información se solicita el antejuicio.

En el caso del financiamiento electoral ilícito con el que se vincula al Presidente, se hizo una investigación a ciertos empresarios y de eso se colige su participación. También surge el nombre de la diputada Montenegro.

De la decisión final

En el caso del Presidente, el Congreso debe votar en dos terceras partes. Son 158 diputados, por lo que tendrían que votar favorablemente un mínimo de 105. Hay que ver cuál es la correlación de fuerzas que hay en el pleno. Ha sido muy difícil llegar a ese número de diputados.

Solo recuerdo que en el caso del presidente Otto Pérez sí se llegó a los 105 votos, incluso votaron en su contra diputados de su mismo partido, el patriota.

Ahora, en la CSJ no hay mayoría calificada. Son 13 magistrados y con el voto de 7 magistrados se despojaría de su inmunidad a la diputada Montenegro. Eso habilitaría que sea investigada, procesada y, eventualmente ligada a un proceso penal.

El Congreso ya estaba proclamando que el antejuicio no pasa

Los diputados hacen mal en estar anticipando opinión, porque finalmente les toca tomar una decisión. Sin embargo, hay que aclarar que el hecho de que finalmente no se despojara la inmunidad del funcionario, eso no significa que haya habido una cosa juzgada.

Significa que el funcionario, al cesar en el ejercicio del cargo, puede ser procesado penalmente como ciudadano común y corriente. Podría entenderse que se está protegiendo la figura institucional del cargo, pero no significa que queda impune el hecho que se está imputando.

¿Cómo analiza el caso de la magistrada Blanca Stalling, que es una de las antejuiciadas y que no ha renunciado a su cargo?

Cuando se produce un acto de prisión preventiva y la persona va a una cárcel, automática queda suspendida en sus funciones. Si bien ella no ha renunciado, está suspendida y entra un suplente el que asume sus funciones.

En el caso del Presidente, si fuera despojado de su inmunidad, no está obligado a renunciar. Queda en suspenso de sus funciones y asume el Vicepresidente como Presidente en Funciones. Si renunciara, como ocurrió con Otto Pérez, en ese momento, entonces sí, el Congreso designa a un sustituto definitivo.

¿Habría alguna sanción para los diputados que opinan de este caso antes de conocerlo?

La Ley Orgánica del Organismo Legislativo establece que cuando hay conflicto de interés, un diputado debería excusarse de conocer determinado caso. En el OJ tampoco hay causal para que algún magistrado se inhiba de conocer un caso.

El non grato contra el jefe de la Cicig podría influir en la decisión de los diputados

Al final es el presidente el que está siendo imputado. Forzosamente es el Congreso es el que debe dilucidar el caso. Esto no tiene nada qué ver con el conflicto entre el Presidente y la Cicig.

¿Cuando el presidente deja el cargo y pasa al Parlacen, sigue con inmunidad?

Sí. Antes no recibían el beneficio de la inmunidad los diputados nacionales del Parlacen. Sin embargo, en tiempos del presidente Álvaro Colón se volvió a incorporar la protección de inmunidad para los diputados del Parlacen. El presidente está entre los diputados no electos del Parlacen.

Elvin Díaz

¿Pasarán los antejuicios?

En función de los antecedentes, hemos visto que los antejuicios contra el Presidente, unos seis hasta ahora, solo a uno se le ha dado trámite. Creo que el filtro de la CSJ no debería existir, el expediente debería pasar directamente al Congreso.

En cambio lo que sí hemos visto es que los casos contra diputados si han caminado en el Organismo Judicial (OJ). A varios se les ha retirado la imunidad. De hecho, hay dos exsecretarios generales de partidos a los que ya se les retiró la inmunidad y la justicia puede iniciar un proceso penal, Roberto Villate, del desaparecido Lider, y a Orlando Blanco de la UNE.

Cómo responder, entonces, a esa pregunta de si van a avanzar esos antejuicios. Es complejo lo que pueda suceder en el Congreso.

¿Si los diputados no deciden quitar la inmunidad, caerían en el delito de obstrucción a la justicia?

No. No es una obstrucción. La Constitución especifica cómo se lleva a cabo este procedimiento. Hay que nombrar una Comisión Pesquisidora que emite un dictamen y eso se somete al Pleno.

Lo que queda es el análisis político. Con todo lo que se ha visto, con el ‘pacto de corruptos’, con que los diputados quieren aprobar leyes de beneficio para algunos, lleva a pensar que es poco probable que este proceso camine y que se retire la inmunidad al Presidente. Eso está en las facultades del Congreso.

Lo que sí me parece es que el MP está haciendo una investigación seria. Ya hay personas privadas, empresarios particulares, que están siendo procesadas por hechos relacionados y que admitieron públicamente.

En el caso de la diputada, aunque es el mismo delito, son hechos distintos. Son dos tipos de valoraciones. Vemos otro tipo de órgano competente. Por las funciones asignadas y la especialidad podría ser otro análisis que no son propias de un proceso penal.

Si les retiran de la inmunidad no significa que sean culpables

Claro. Los dos siguen gozando de sus garantías constitucionales, aún cuando les sea retirada su inmunidad.

¿Hay algún momento en que los diputados deben decidir que el Presidente debe irse o que la diputada debe renunciar?

La renuncia es una facultad propia, no obligatoria. Veamos los antecedentes. Roberto Villate, de Lider, y Orlando Blanco, de la UNE, no han sido procesados, siguen llegando al Congreso. En su momento las autoridades pueden proceder.

Hay antecedentes de todo tipo. No se ha englobado lo que es la lucha contra la corrupción. Este es un procedimiento distinto de lo que es un proceso penal. Por eso se llama antejuicio.

En caso de que se le retire la inmunidad, la diputada puede seguir en su cargo. No significa renuncia o destitución.

Y si el presidente es agregado a la lista de corruptos de EE.UU.

Hemos visto muchas iniciativas de congresistas en EE.UU. que buscan mantener la lucha contra la corrupción. Si el presidente Morales fuera incorporado a esa lista… sería lamentable que un exjefe de Gobierno esté integrado a esa lista.

Este es un análisis más político que la decisión que tome el Congreso. Los ciudadanos tenemos que tener cuidado de que la iniciativa de EEUU va a continuar.

¿Se puede arraigar al presidente Morales?

Una vez finalizado el mandato o bien se le retire la inmunidad el MP puede presentar una medida cautelar. Cuando hay inmunidad es imposible, porque se protege el cargo.

Escuche nuevamente el programa aquí: ▼

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