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Deportes
Nahuel Guzmán
Foto: EFE

Nahuel Guzmán, una sanción sin precedentes

La Comisión Disciplinaria de la Federación Mexicana de Futbol (FMF) dejó en claro que no tolerará actos antideportivos.

 

La Comisión Disciplinaria de la Federación Mexicana de Futbol (FMF) le impuso una sanción de 11 partidos al portero de Tigres, el argentino Nahuel Guzmán. Además, lo multó económicamente y le obligó a realizar trabajos comunitarios.

La sanción, sin precedentes dentro del futbol mexicano, se da a la acción del portero que, desde un palco, utilizó un láser para molestar a su colega de profesión y compatriota, Esteban Andrada, arquero de los “Rayados” de Monterrey durante el clásico regiomontano del pasado sábado 13 de abril.

Todo surgió cuando Nahuel Guzmán, quien se perdió el clásico por lesión, estuvo desde palco hostigando con una acción antideportiva a su colega Andrada. Guzmán fue filmado con un láser en mano apuntado al meta local, y las imágenes que lo evidenciaron se viralizaron.

“En su carácter autónomo, esta Comisión ha resuelto sancionar con 11 partidos de suspensión, una multa económica y horas de trabajo social al jugador Nahuel Ignacio Guzmán Palomeque del Club Tigres. Esto, por la conducta mostrada durante el partido referido que transgrede el Reglamento de Sanciones de la FMF, en sus siguientes artículos y sus respectivos incisos”, señaló la Comisión en su resolución.

La sanción

En ese sentido, se menciona los artículos 18 (incisos b, h, i, j) y 71. El artículo 18, inciso b, reza: “Contravenir los principios de la deportividad y “Fair Play”. A través de acciones y/o burlas hacia los oficiales de partido, los jugadores, los empleados o directivos de los clubes afiliados. Así como las autoridades de la FMF o al público asistente”.

Los otros incisos del artículo 18 menciona detalles como incitar al público a realizar actos impropios, agresivos o vandálicos en contra de cualquier persona. Así como llevar a cabo una conducta impropia.

Esteban Andrada 

La misma Comisión, también sancionó al portero de Monterrey, Esteban Andrada. Esto, debido a una publicación realizada en redes sociales donde transgredió el artículo 71 inciso c) y el artículo 1 del Apéndice III, del Reglamento de Sanciones de la FMF.

Esos artículos mencionan: “Aquel que no se dirija con respeto, prudencia, honestidad o aquel que no proporcione información clara y veraz a los medios de comunicación y/o redes sociales”. Así como: “El racismo y/o discriminación constituye la humillación, discriminación o ultraje en contra de otra persona, realizado públicamente, de forma que suponga un atentado contra la dignidad humana por razón de su raza, color, idioma, religión, discapacidad, preferencia u orientación sexual u origen étnico, y/o adopte de alguna otra manera una conducta racista y/o que denigre al ser humano”.

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