El jugador de Comunicaciones José Manuel Contreras, el “Moyo” se llevó la peor parte por la riña ocurrida durante la final del Torneo Clausura, en la que sostuvo un conato de bronca con el jugador de Municipal, John Méndez.
Y es que el “Moyo” recibió, del Órgano Disciplinario de la Liga Nacional, una suspensión de 6 partidos, mientras que John Méndez, fue castigado con dos. Además de la suspensión, el capitán de Comunicaciones deberá pagar una multa de Q2 mil 800, y Méndez una de Q500.
Cabe mencionar que ambos jugadores fueron expulsados del encuentro por el central Bryan López cuando corría el minuto 79, por un conato de bronca.
Así se aplicaron las sanciones
De acuerdo a la resolución del Órgano Disciplinario, el “Moyo” recibió dicha sanción por lo que dictan los artículos 80 y 74 del reglamento disciplinario de la Liga Nacional.
En el 80 se establece que: “Será él o los jugadores que mediante su actitud o conducta violenta propicien hechos que deriven en una riña generalizada entre los equipos contendientes, ya sea dentro o fuera del campo, antes, durante o después del partido. No incurrirá en esta falta el que se limite a repeler un ataque (defensa propia), a defender a otro o a separar a los que participen en la pelea”. La sanción será de: “Seis partidos de suspensión y, multa de Q2 mil 500”.
El chipotazo de John Méndez a José Manuel Contreras pic.twitter.com/EJ8erRXk4I
— ThisIsLaLigaGT (@ThisIsLaLigaGT) May 30, 2022
Mientras que el artículo 74 dicta que una amonestación y, multa de Q300 serán impuestas al jugador cuando: “Aplique zancadilla a un jugador adversario para despojarlo del balón; cuando proceda a pechar, derribar, empujar o dar un empellón a un jugador rival en la disputa del balón, provocando su caída; halar o sujetar a un contrario, tomándolo de cualquier parte del cuerpo o del uniforme; poner plancha sin hacer contacto con el rival, poner los tacos por delante o disputar el balón en forma peligrosa; cargar por detrás a un adversario; intento de riña, obstrucción obstaculización, dar una patada, derribar a un adversario no estando el balón en juego y cualquier otra forma de juego peligroso o brusco”.
Por su lado, el artículo que se aplicó a John Méndez fue el número 75 inciso b, que especifica que se dará dos partidos de suspensión y una multa de Q500 al jugador por “conducta violenta contra un adversario, no estando el balón en disputa directa. El balón puede estar en juego o fuera de juego”.