Los feriados y asuetos en Guatemala están regulados en el Código de Trabajo, lo que implica que las empresas privadas y entidades públicas deben pagar esos días. La ley contempla 11 días de descansos oficiales y en este artículo le damos a conocer las fechas, los días y “fines de semanas largos” en 2023.
Cabe destacar que el 16 de abril del 2020, la Corte de Constitucionalidad (CC) dejó sin efecto que los asuetos 1 de mayo y 20 de octubre puedan cambiar de fecha para que se convirtieran en fines de semana largos. La idea de estos surgió para estimular el turismo interno en el país.
🇬🇹FITUR es la primera feria internacional de turismo del año y la más importante para el sector turístico. En la edición 2023, Guatemala será país socio, lo cual la convierte en la primera nación centroamericana en participar en esta modalidad. pic.twitter.com/QmdV1DlbXS
— Instituto Guatemalteco de Turismo -INGUAT- (@InguatPrensa) December 16, 2022
Es importante resaltar que la normativa también establece que si el día de asueto o feriado se labora por la propia naturaleza de la producción o si se requiere la presencia de los trabajadores, se debe pagar doble.
Lista de asuetos y feriados
El Instituto Guatemalteco de Turismo (Inguat) afirmó que con relación a los asuetos, hay que basarse en el decreto 19-2018 para validar los asuetos o fines de semana largos, y quedaron de la siguiente forma:
- 1 de enero 2023: será domingo (no se modifica).
- Semana Santa: inicia del domingo 2 al 9 de abril del 2023.
- 1 de mayo (Día del Trabajo): el asueto será el lunes .
- 30 de junio (Día del Ejército): será viernes, debido al decreto 19-2018 se descansará el lunes 3 de julio, con la posibilidad de fin de semana largo.
- 15 de agosto (Día de la Asunción): se celebra el martes (no se modifica).
- 15 de septiembre (Día de la Independencia): será viernes (no se modifica).
- 20 de noviembre (Día de la Revolución): cae viernes (no se modifica).
- 1 de noviembre (Día de Todos los Santos): miércoles 1 de noviembre(no se modifica).
- Navidad 2023: Nochebuena cae domingo 24 y Navidad el lunes 25 de diciembre (no se modifica).
Diferencia entre feriado y asueto
El feriado es determinado por una ley que surge del debate Legislativo, comúnmente son celebrados como fiestas patronales de cada municipio. Mientras que el asueto corresponde a las celebraciones que no se trabajan y son determinadas por una autoridad nacional como el Presidente de la nación, una autoridad municipal, el director de un establecimiento educativo, el gerente de una empresa, entre otras.
El #INGUAT informa que durante el 2022 se registró el ingreso de más de 1 millón de visitantes extranjeros al país, generando un desarrollo económico para Guatemala. Esto y más en el #InformeNacional pic.twitter.com/7nABcHbxEN
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