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Luda da Silva, expresidente de Brasil

Corte anula cautelar que puede llevar a excarcelación de Lula da Silva

La jueza responsable del caso decidió pedir una opinión a la Fiscalía General, que la dio de hecho al apelar a la cautelar ante el presidente del Supremo.

El presidente de la Corte Suprema de Brasil, José Antonio Dias Tóffoli, anuló hoy la decisión cautelar que había dictado un juez de ese tribunal contra la prisión después de condena en segunda instancia, que podría haber llevado a excarcelar al exmandatario Luiz Inácio Lula da Silva.

Dias Tóffoli se pronunció en ese sentido en respuesta a una apelación presentada por la Fiscalía General, que se posicionó en contra de una medida que, en opinión de su titular, Raquel Dodge, podría causar “una grave lesión al orden y la seguridad”.

Detalles relacionados a la noticia ► Juez brasileño emite fallo que puede liberar a Lula da Silva

“Una pena sólo puede ser ejecutada cuando se agota toda la fase de apelaciones”

La cautelar fue dictada hoy por el juez Marco Aurelio Mello y se apoyaba en un artículo de la Constitución que dice que una pena sólo puede ser ejecutada cuando se agota toda la fase de apelaciones y no una vez que la sentencia se confirma en segunda instancia, que es el caso de Lula y de otras 169.300 personas que están en la cárcel.

Amparado por esa cautelar, el Partido de los Trabajadores (PT) llegó a solicitar formalmente la excarcelación de su máximo líder, en prisión desde abril pasado tras haber sido condenado a doce años por corrupción por una corte de segunda instancia.

Lea más aquí ► Lula da Silva desiste de disputar la Presidencia y anuncia a su sustituto

Se pide opinión a la Fiscalía General

Sin embargo, la jueza responsable del caso decidió pedir una opinión a la Fiscalía General, que la dio de hecho al apelar a la cautelar ante el presidente del Supremo, único juez en actividad del tribunal desde el mediodía de hoy, cuando el Poder Judicial entró en receso hasta febrero del año próximo.

La cautelar dictada por Mello fue objeto de críticas en casi todo el medio jurídico, pues si bien se apoya en la Constitución, no tomó en cuenta una decisión adoptada en 2016 por el propio Supremo, que fue ratificada este mismo año y permite que una pena comience a ser ejecutada tras la condena en segunda instancia, aún cuando resten apelaciones.

En la sentencia en que anuló esa medida, Dias Tóffoli recordó que la Corte Suprema se propone discutir ese asunto nuevamente, en una sesión que está prevista para el próximo 10 de abril.

Según cálculos del Consejo Nacional de Justicia (CNJ), un órgano consultivo del Poder Judicial, unas 169.300 personas están en la cárcel en Brasil con condenas dictadas sólo en segunda instancia, una cifra que equivale al 23,9 % de la población carcelaria.

Con información de EFE

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